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Convocatoria complementaria (2ª) de subvenciones para actuaciones en el Área de regeneración y renovación urbana de Ejea de los Caballeros 2023 (ARRU)
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datos de la subsección
Finalidad:

Los presentes criterios tienen por objeto la regulación de las subvenciones por concurrencia competitiva en los ejercicios 2020-2022, para las actuaciones de regeneración y renovación urbanas en el Casco Histórico de Ejea de los Caballeros en el marco del Plan Estatal de vivienda 2018-2021, el Plan Aragonés de vivienda 2018-2021, el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Comunidad Autónoma de Aragón para la ejecución del Plan Estatal de vivienda 2018-2021, el Acuerdo de la Comisión Bilateral (ACB) relativo a la citada área firmado entre el Ministerio de Fomento, la Comunidad Autónoma y el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, de 8 de septiembre de 2020 (modificada en fechas 6 de septiembre y 29 de diciembre de 2021) y el convenio de colaboración (CEC) suscrito el 12 de noviembre de 2020 entre la comunidad Autónoma de Aragón y el Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros para la realización de las actuaciones incluidas en el ACB.

Quien lo puede Presentar:

Aquellas que cumpliendo los requisitos del artículo 7 del Real Decreto 106/2018 para cada una de los diferentes líneas de ayuda, asuman la responsabilidad de la ejecución integral del ámbito de actuación delimitado en el ACB, ya sean Administraciones Públicas, propietarios únicos de edificios de viviendas, comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios, inquilinos y, en general, quien acredite tener derecho suficiente de uso del inmueble, previa constatación, en este caso, de la existencia de autorización o acuerdo con la propiedad para ello.

Tanto las personas jurídicas como las comunidades de personas propietarias y sus personas representantes deberán presentar su solicitud a través de medios electrónicos, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 14.2 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las personas físicas deberán presentar su solicitud preferiblemente por vía electrónica. También podrán presentarla en formato papel, por cualquiera de los medios establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015.

La forma de iniciación es a instancia de parte.

Plazos de Presentación: 05/01/2024 00:00:00 - 01/04/2024 23:59:00
Presentación:

- Presencial: mediante la presentación de los formularios  y documentación del trámite denominado "Convocatoria complementaria (2ª) de subvenciones para actuaciones en el Área de regeneración y renovación urbana de Ejea de los Caballeros 2023", en el Registro General en Avda. Cosculluela, nº 1; 50600 Ejea de los Caballeros en horario de 8:00 a 15:00

 

- Sede electrónica: "Convocatoria complementaria (2ª) de subvenciones para actuaciones en el Área de regeneración y renovación urbana de Ejea de los Caballeros 2023", tramitación electrónica (preceptiva para aquellos obligados legales).

 

- También, por cualquiera de los que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Organo Gestor:

Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros.

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver y notificar este procedimiento no podrá exceder de seis meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera notificado la resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud de subvención, en virtud del artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, sin que ello exima de la obligación legal de resolver.

Efecto del silencio Administrativo: Desestimatorio
Recursos:

La resolución, que ponga fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el mismo órgano municipal que dictó el acto en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la recepción de la notificación. Si interpone el recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo. También podrá interponer directamante recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de esta jurisdicción en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de la recepción de la notificación.

Normativa básica:

- Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021.

- Real Decreto 1084/2020, de 9 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 y la Orden TMA/378/2000, de 30 de abril, por la que se definen los criterios y requisitos de los arrendatarios de vivienda habitual que pueden acceder a las ayudas transitorias de financiación establecidas en el artículo 9 del Real Decreto Ley 1/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

- Decreto 223/2018, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Plan Aragonés de Vivienda 2018-2021.

- Decreto 83/2020, de 30 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 223/2018, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Plan Aragonés de Vivienda 2018-2021.

- Ley 38/2003, de 7 de noviembre, General de Subvenciones.

- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones.

- Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.

- Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón.

- Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón.

- Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros.

- Criterios específicos que rigen la presente convocatoria de ayudas para actuaciones de regeneración y renovación urbana en el casco histórico de Ejea de los Caballeros

Pago de tasas:

Ninguna

Documentación relacionada:
Anexo I. Solicitud

Anexo II. Hoja resumen presupuesto

Anexo III. Declaración responsable

Anexo IV. Acuerdo de la comunidad

Anexo IX. Condiciones

Anexo V. Inmueble de propietario único

Anexo VI. Ficha de terceros

Anexo VII. Solicitud de justificación

Anexo VIII. Solicitud prórroga y pago anticipado

Criterios convocatoria ayuda

Extracto BOPZ subvención

Mod. acreditación representación

Plano zonificación

Nivel de identificación del solicitante:
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a Presentar:
Documentación requerida para solicitudes de rehabilitación:
Anexo I. Solicitud.
Anexo II. Hoja resumen presupuesto.
Anexo III. Declaración responsable.
Anexo IV. Acuerdo de la comunidad.
Anexo V. Inmueble propietario único.
Anexo VI. Ficha de terceros.
DNI/NIF del solicitante o representante.
En caso de representación, documento acreditativo representación.
Proyecto técnico o memoria con presupuesto.
Fotografías estado inicial.
Acreditación antigüedad de la vivienda o edificio.
En obras iniciadas, certificado de inicio de obras, fotografías obra ejecutada y por ejecutar.
En su caso, documento acreditativo Bien Interés Cultural catalogado.
En actuaciones en materia de accesibilidad,conservación o eficiencia energética, informe técnico o certificación energética.
En su caso, acta de acuerdo de ejecución de obras.
Certificado de empadronamiento individual o colectivo.
En caso de que el arrendatario costee las actuaciones, acuerdo adoptado con el propietario.
En viviendas alquiladas, copia del contrato de alquiler visado por el Gobierno de Aragón.
En caso de no ser propietario ni inquilino, documento de derecho y autorización del propietario.
Presupuesto del contratista adjudicatario.
Presupuesto honorarios profesionales, por tramitación, financieros, avales y otros.
Presupuesto honorarios profesionales, por tramitación, financieros, avales y otros.
Si el coste de la obra es superior a 40000 euros, excluido IVA, tres ofertas de contrata.
Título habilitante de naturaleza urbanística y/o autorización ejecución de las obras.
Declaración responsable de hallarse al corriente.
En caso de concesión o solicitud de otras subvenciones por el mismo concepto: resolución o solicitud de la misma.
Declaración de IRPF de la anualidad anterior o declaración responsable de ingresos de la unidad de convivencia.
En su caso, documentación acreditativa de las personas con discapacidad o vulnerabilidad.
DNI de las personas mayores de 65 años o más convivientes en la vivienda.
En su caso, otros documentos.
Documentación requerida para solicitudes de renovación:
Anexo I. Solicitud.
Anexo II. Hoja resumen presupuesto.
Anexo III. Declaración responsable.
Anexo IV. Acuerdo de la comunidad.
Anexo V. Inmueble propietario único.
Anexo VI. Ficha de terceros.
DNI/NIF del solicitante o representante.
En caso de representación, documento acreditativo representación.
Proyecto visado de nuevo edificio y en su caso proyecto visado de demolición.
Fotografías estado inicial.
Acreditación del número de viviendas existentes y a renovar.
En obras iniciadas, certificado de inicio de obras, fotografías obra ejecutada y por ejecutar.
Presupuesto del contratista adjudicatario.
Presupuesto honorarios profesionales, por tramitación, financieros, avales y otros.
Tres ofertas de contrata.
Título habilitante de naturaleza urbanística y/o autorización ejecución de las obras.
Declaración responsable de hallarse al corriente.
Compromiso porcentaje destino alquiler social o renta limitada.
Compromiso de accesibilidad y porcentaje en el edificio.
Compromiso ejecución con calificación energética A.
En su caso, otros documentos.
La solicitud esta fuera de plazo
  • Ayuntamiento de Ejea
    Avenida Cosculluela 1. 50600 Ejea de los Caballeros (Zaragoza)
    Teléfono: 976 677 474 | Fax: 976 663 816
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