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Preinscripción de alumnos en la escuela municipal infantil Gloria Fuertes, curso 2023-2024
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datos de la subsección
Finalidad:

Formalizar la preinscripción para solicitar plaza en la escuela infantil municipal Gloria Fuertes para el curso 2023/2024.

Quien lo puede Presentar:

Progenitores, adoptantes o tutores legales de los menores.

La forma de iniciación es a instancia de parte.

Plazos de Presentación: 17/04/2023 00:00:00 - 28/04/2023 23:59:00
Presentación:

- Presencial: mediante la presentación del formulario denominado "Preinscripción de alumnos en la escuela municipal infantil Gloria Fuertes, curso 2023-2024", en el Registro General en Avda. Cosculluela, nº 1; 50600 Ejea de los Caballeros, en horario de 8:00 a 15:00.

- Sede electrónica: "Preinscripción de alumnos en la escuela municipal infantil Gloria Fuertes, curso 2023-2024", tramitación electrónica.

- También, por cualquiera de los que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Organo Gestor:

Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros.

Efecto del silencio Administrativo: No procede
Normativa básica:

Capítulo VI y VII del Reglamento de funcionamiento de la Escuela Municipal de Educación Infantil de 0 a 3 años de Ejea de los Caballeros.

 

Información Adicional:

MODALIDADES DE HORARIOS Y TARIFAS

Matrícula del curso escolar para todas las modalidades: 42,67 €.

 

EJEA DE LOS CABALLEROS:

MODALIDAD A.- Horario en jornada continua incluyendo servicio de comedor:

            8.00 a 16.00 h. Incluyendo comedor (salida entre las 15,30 y 16,00 h)

            Tasa: 197,80 €

MODALIDAD B.- Horario en jornada parcial:

            8.00 a 13.30 h. Incluyendo comedor.

            Tasa: 174,33 €

MODALIDAD C.- Horario en jornada parcial:

            8.00 a 12.30 h. Sin servicio de comedor.

            Tasa: 84,21 €

Para todos los horarios, la entrada será de 8.00 a 9.30 h.

Salida en hora puntual, excepto la modalidad A, en la que el horario de salida es de 15.30 a 16.00 h.

- Servicio de comedor en días sueltos para el alumnado inscrito en la modalidad C.:

7,45 €/día

- Hora o fracción extra de estancia del niño en el centro: 6,85 €

(Excepto en modalidad A, que no puede añadir hora extra al servicio)

 

PINSORO, BARDENAS Y SANTA ANASTASIA:

MODALIDAD A.- Jornada completa, de 9.00 a 13.00 y de 15.00 a 18.00 h. 123,52 €

(Será necesario un número mínimo de cinco usuarios para comenzar o mantener el servicio de tarde en funcionamiento)

MODALIDAD B.- Jornada parcial, de 9.00 a 13.00 h. 74,85 €

MODALIDAD C.- Jornada parcial, de 8.45 a 13.15 h. 84,21 €

 

En enero de 2024 se realizará una revisión de las tasas.

PARA QUE EL SERVICIO DE LA ESCUELA INFANTIL, SE SIGA PRESTANDO EN LOS PUEBLOS, SERÁN NECESARIAS UN MÍNIMO DE TRES MATRICULAS FORMALIZADAS Y ASISTENCIA REGULAR.

 

BAREMO DE ADMISIÓN

La admisión del alumnado cuando no existan plazas suficientes para atender las solicitudes presentadas, se regirá por los criterios que se establecen a continuación:

 

1.1.- Unidades familiares en las que los progenitores o tutores legales sean todos trabajadores en activo en el momento de efectuar la solicitud de plaza.

En las familias monoparentales sólo se considerará la situación del progenitor de referencia. A efectos de aplicación de este apartado, tendrá la consideración de trabajador en activo el supuesto de que algún progenitor se encuentre en situación de baja o excedencia en el momento de solicitar plaza en el centro, estando prevista su incorporación al primer día hábil de septiembre del año natural en que se solicite plaza y ésta efectivamente se produzca en dicha fecha.

Puntuación: 3 puntos.

 

1.2.- Rentas anuales de la unidad familiar, atendiendo a las especificidades que para su cálculo se aplican a las familias numerosas.

Estas rentas anuales se valorarán en función de ser superior o inferior al Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), determinado anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Puntuación: 1 punto rentas iguales o inferiores al IPREM. En caso de que la renta anual de la unidad familiar sea inferior al IPREM anual (7.200,00 €, 12 pagas).

0 puntos rentas superiores al IPREM

 

1.3.- Existencia de hermanos/as matriculados en el mismo centro.

Se entenderá que el solicitante tiene hermanos matriculados cuando además de concurrir esta circunstancia, vayan a continuar asistiendo al mismo en el curso siguiente.

Puntuación: Primer hermano en el centro: 4 puntos.

                       Por cada uno de los hermanos siguientes: 1 punto.

 

1.4.- Pertenencia a familia numerosa según categoría.

Puntuación: General: 1 punto.

Especial: 2 puntos.

 

1.5.- Condición reconocida de discapacitado físico, psíquico o sensorial de padres o hermanos del alumno/a.

Se entenderá que concurre discapacidad en aquellos casos en que se haya reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 % de conformidad con lo previsto en el artículo 1 de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad o normativa que la sustituya.

Puntuación: 1 punto.

Otros criterios a tener en cuenta y que serán valorados en la puntuación final del solicitante;

 

1.6.- Ser vecino/a del Municipio de Ejea de los Caballeros y estar empadronado/a en el mismo.

Puntuación: 3 puntos.

 

1.7.- Ser vecino/a de la Comarca de las Cinco Villas y estar empadronado/a en la misma.

                                Puntuación: 2 puntos.

 

1.8.- Que cualquier progenitor trabaje en el Municipio de Ejea de los Caballeros.

                                Puntuación: 1 punto.

 

2.- En caso de empate, se resolverá aplicando sucesivamente y por el orden expresado, los siguientes criterios:

  1. Mayor puntuación obtenida en el apartado de hermanos/as matriculados en el centro.
  2. Mayor puntuación obtenida en el apartado de unidad familiar (1.1)
  3. Asignación por sorteo público ante las comisiones de valoración, que se realizará entre las solicitudes empatadas, extrayendo posteriormente tantos números como plazas vacantes. En el caso de hermanos nacidos en un parto múltiple, la obtención de plaza por alguno de ellos en el sorteo, supondrá la admisión de los hermanos en el centro, teniendo preferencia sobre los inmediatos anteriores en caso de superar el límite máximo de alumnos por aula.

 

La Comisión de valoración, una vez finalizado el plazo de preinscripción, de acuerdo con el baremo de admisión emitirá un informe con la lista resultante de admitidos y exluidos, que será publicada en el tablón de edictos de la Casa Consistorial y de la Escuela Infantil, así como en la página web municipal, iniciándose un plazo de 3 días hábiles desde el día siguiente a su publicación para la presentación de reclamaciones.

Tras el estudio de las mismas, las comisión dictaminará y publicará en los mismos medios la lista difinitiva de admitidos y excluidos para la formalización de la matriculación.

 

Documentación relacionada:
Anexo I. Solicitud

Mod. "Consentimiento certificado colectivo"

(sólo necesario para acreditar criterio 1.2)

Reglamento de funcionamiento de la Escuela Municipal de Educación Infantil

Documentos a Presentar:
Documentación requerida
Anexo I- Solicitud
NIF/NIE del solicitante y/o progenitores, adoptantes o tutores legales
Libro de familia o certificacion literal del Registro Civil
En caso de menores en proceso de adopción, certificación con la fecha de preasignación y edad
En caso de separación, nulidad o divorcio, sentencia y convenio regulador
En caso de alumnos con necesidades educativas especiales, dictamen de escolarización de Atención Temprana o resolución del IASS del tipo y grado de discapacidad u organismo equivalente del tipo y grado de discapacidad
En caso de alumnos con necesidades educativas especiales, dictamen de escolarización de Atención Temprana o resolución del IASS u organismo equivalente del tipo y grado de discapacidad
Otros documentos
Para acreditar criterio 1.1 Unidades familiares en las que los progenitores, adoptantes o tutores legales sean trabajadores:
Contrato o última nómina de los progenitores, adoptantes o tutores legales
En su caso, documento de incapacidad temporal o declaración de reincorporación en caso de excedencia
Para acreditar criterio 1.2 Rentas anuales de la unidad familiar:
Contrato y tres últimas nóminas de progenitores, adoptantes o tutores legales
En caso de trabajadores autónomos, último recibo cuota de autónomos
Declaraciones de la renta (en caso de ser individuales de ambos progenitores, adoptantes o tutores legales)
Mod. "Consentimiento certificado colectivo" o Certificado de empadronamiento colectivo
Para acreditar criterio 1.4 Pertenencia a familia numerosa:
Libro de familia numerosa
Para acreditar criterio 1.5 Discapacidad de padres o hermanos del menor:
Resolución del IASS u organismo equivalente acreditativa del tipo y grado de discapacidad o informe de Atención Temprana o del EOEP
Para acreditar criterio 1.6 Ser vecino del municipio de Ejea de los Caballeros:
Certificado de empadronamiento (sólo en caso que no hayan autorizado al Ayuntamiento para su expedición)
Para acreditar criterio 1.7 Ser vecino de otro de los municipio de la Comarca de las Cinco Villas:
Certificado de empadronamiento
Para acreditar criterio 1.8 Trabajo del progenitor, adoptante o tutor en el municipio Ejea de los Caballeros:
Contrato de trabajo o certificado emitido por la empresa.
La solicitud esta fuera de plazo
  • Ayuntamiento de Ejea
    Avenida Cosculluela 1. 50600 Ejea de los Caballeros (Zaragoza)
    Teléfono: 976 677 474 | Fax: 976 663 816
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