datos de la subsección
Finalidad:
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Procedimiento genérico a través del cual, se pueden presentar las "Solicitudes de beca para la atención en centros residenciales de personas mayores en Ejea de los Caballeros Ejercicio 2021".
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Quien lo puede Presentar:
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Aquellas personas físicas o sus representantes que cumplen los requisitos establecidos en el criterio específico nº 5 regulador de la presente convocatoria de beca.
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Plazos de Presentación:
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14/10/2021 00:00:00 - 04/11/2021 23:59:00
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Presentación:
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- Presencial: mediante la presentación del formulario denominado "Solicitud de Beca para la atención en centros residenciales de personas mayores en Ejea de los Caballeros. Ejercicio 2021", en el Registro General en Avda. Cosculluela, nº 1; 50600 Ejea de los Caballeros, en horario de 9:00 a 14:00.
- Sede electrónica: "Solicitud de Beca para la atención en centros residenciales de personas mayores en Ejea de los Caballeros. Ejercicio 2021", tramitación electrónica (preceptiva para aquellos obligados legales).
- También, por cualquiera de los que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Organo Gestor:
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Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros.
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Plazo de resolución:
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La resolución será notificada a los interesados en el plazo máximo de dos meses a contar desde la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.
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Efecto del silencio Administrativo:
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Desestimatorio
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Recursos:
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La resolución, que ponga fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el mismo órgano municipal que dictó el acto en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la recepción de la notificación. Si interpone el recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio administrativo. También podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de esta jurisdicción en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de la recepción de la notificación.
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Normativa básica:
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- Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros 2020-2021.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ley 5/2015, de 25 de marzo de Subvenciones de Aragón.
- Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.
- Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón.
- Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón.
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Pago de tasas:
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Ninguna
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Información Adicional:
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En caso de ser beneficiario de la concesión de una beca para la atención en centros residenciales de personas mayores en Ejea de los Caballeros, deberá presentar el Anexo IV "Comparecencia y Compromisos" mediante una de las siguientes formas:
- Presencial junto con el formulario denominado "Aportación de documentos" en el en el Registro General en Avda. Cosculluela, nº 1; 50600 Ejea de los Caballeros, en horario de 9:00 a 14:00.
- Sede electrónica: "Aportación de documentación", tramitación electrónica adjuntando dicho anexo (preceptiva para aquellos obligados legales).
- También, por cualquiera de los que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Documentación relacionada:
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Nivel de identificación del solicitante:
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- Alto:
- Certificado digital reconocido y firma electrónica
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Documentos a Presentar:
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Anexo I. SolicitudAnexo II. Certificado del centro residencialCertificado colectivo de empadronamientoEn caso de personas con discapacidad o dependencia, copia de la resolución acreditativaEn caso de que se alegue esta circunstancia, copia de la sentencia de separación, nulidad o divorcio y copia del convenio reguladorEn caso en que se alegue esta circunstancia, acreditación del Instituto Aragonés de la Mujer, de víctima de violenciaEn su caso, documento acreditativo del poder que ostenta admitido en derecho (Válido entre otros: "Modelo de representación para realización de trámites ante el M.I. Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros"Certificado de pensión, prestación o subsidio que perciban Anexo III Declaración ResponsableCopia de la declaración del I.R.P.F del último ejercicio o Certificación negativaOtros documentos
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