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Acceso al buzón de notificaciones

 

¿Qué es?


El Artículo 41.1 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece el carácter preferente de las notificaciones por medios electrónicos. En todo caso, se realizarán de este modo cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía.


Por tanto, para aquellos interesados que no están obligados, la notificación electrónica tienen carácter voluntario. Las personas podrán decidir y comunicar en cualquier momento al Ayuntamiento de Ejea de los Caballeros, que las notificaciones sucesivas se practiquen o dejen de practicarse por medios electrónicos.


De acuerdo al art. 43.1 de la misma norma, la notificación electrónica debe ser practicada mediante comparecencia en la Sede electrónica, tanto para el acceso a las notificaciones electrónicas derivadas de aquellos procedimientos a los que voluntariamente haya decidido suscribirse como para aquellos en los que la notificación electrónica sea obligatoria.


En el caso de los usuarios obligados por el Art. 14.2 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, éste será el medio de notificación empleado, debido a la obligación a relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones Públicas.


Este servicio cumple con las máximas garantías de confidencialidad, autenticidad y privacidad con el fin de asegurar la identidad de los participantes y la seguridad de las comunicaciones.


¿Qué necesito?



  • Para utilizar este servicio es necesario disponer de un DNI Electrónico u otro certificado digital reconocido incluido en la lista de Certificados admitidos.

  • Debe tener en cuenta los requisitos técnicos y recomendaciones técnicas reflejados en la página de ayuda de la sede.

  • Suscribirse al servicio.

¿Cómo doy mi consentimiento siendo sujeto no obligado legal para la suscripción o baja de notificación electrónica?


Accediendo al servicio Consentimiento siendo sujeto no obligado legal para la suscripción o baja de Notificaciones electrónicas


¿Cómo funciona?


Cada vez que se ponga a disposición una notificación electrónica, el Ayuntamiento enviará un correo electrónico informativo a la dirección de correo electrónico que usted indicó. Tenga en cuenta que este correo electrónico sólo tiene efectos informativos.


Acceda asiduamente a su Buzón de Notificaciones electrónicas para verificar si se ha puesto a disposición una nueva notificación. No deje transcurrir un tiempo superior a los 10 días naturales plazo que la normativa reguladora establece para que usted acceda a la notificación. En caso contrario, transcurrido el plazo, el Ayuntamiento entenderá que usted ha rechazado la notificación dando por notificado el acto a todos los efectos salvo que de oficio o a instancia se compruebe la imposibilidad técnica o material del acceso.


En el buzón podrá aceptar y rechazar las nuevas notificaciones. En dicho momento la persona (física o jurídica) se dará por notificada y podrá consultar las ya aceptadas o rechazadas.


La aceptación o rechazo de la notificación supondrá la emisión del correspondiente acuse de recibo que deberá firmar electrónicamente.


Acceso a su buzón de notificaciones


Ayuntamiento de Ejea
Avenida Cosculluela 1. 50600 Ejea de los Caballeros (Zaragoza)
Teléfono: 976 677 474 | Fax: 976 663 816